sábado, 8 de febrero de 2014

Un director se enfrenta a tres años de prisión por rechazar a un alumno

La acusación particular en el caso del colegio Yago School de Castilleja (Sevilla), que supuestamente se negó a escolarizar a un alumno por pertenecer a una familia homoparental, ha pedido que se abra juicio oral contra el director de este centro privado y contra la responsable de admisión, ambos imputados por el Juzgado de Instrucción 2 de Sevilla. Para cada uno de ellos se pide "la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier empleo en centro educativo en general y de enseñanza durante tres años". Además, se solicita que se imponga una multa de 30.000 euros.
La abogada de los padres del menor entiende que ambos han cometido un delito contra los derechos fundamentales y libertades públicas, comprendido en el artículo 512 del Código Penal. En ese apartado se establecen penas de inhabilitación de entre uno y cuatro años para aquellos que "en el ejercicio de sus actividades profesionales o empresariales denegaren a una persona una prestación a la que tenga derecho por razón de su ideología, religión o creencias, su pertenencia a una etnia, raza o nación, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía".
Según la denuncia de los padres, cuando solicitaron por email la escolarización de su hijo, en febrero de 2012, se identificaron como pareja homoparental y se les dijo que no quedaban plazas. Pero uno de ellos llamó por teléfono sin identificarse y entonces le comunicaron que sí quedaban vacantes. El juez de instrucción ha abierto procedimiento abreviado contra los dos responsables del centro.

1 comentario:

  1. En los tiempos que estamos que todavía pasen estas cosas. Cada persona es libre de tener una ideología y tiene que ser respetado, pero es un menor y un centro de escolarización de lo que se habla, no de qué ese director "tenga que convivir con esos padres".

    ResponderEliminar